Economía
Seniat establece normas para pago de nueva Ley de Pensiones
La fecha límite para la declaración y el pago de la contribución especial está determinada por el último dígito del RIF

Caracas, 23 de mayo de 2024. El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), publicó la providencia administrativa en la que se establecen las normas para la declaración y pago de la contribución especial para la protección de las pensiones.
La providencia SNAT/2024/000042, se publicó en la Gaceta Oficial 42.881 del 17 de mayo de 2024, y establece las obligaciones para las personas jurídicas que realizan actividades económicas.
En este sentido las mismas deberán declarar y pagar la contribución especial, equivalente al 9% de la nómina integral de cada empresa u organización, sobre los pagos realizados a los trabajadores por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial.
Según el calendario establecido en la providencia, la fecha límite para la declaración y el pago de la contribución especial está determinada por el último dígito del RIF.
Entretanto, en caso de pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país, la base de cálculo se determinará mediante la conversión a bolívares utilizando el tipo de cambio oficial del Banco Central de Venezuela.
Además las personas jurídicas también deberán informar trimestralmente el número de trabajadores activos que mantienen en sus nóminas.
Igualmente, el Seniat tiene la potestad de iniciar procedimientos de verificación, fiscalización y determinación para garantizar el cumplimiento de la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista.
Cabe recordar que la alícuota especial está establecida en 9% de la nómina integral de cada empresa u organización contribuyente.