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FANB protege parques y reservas naturales de la minería ilegal
La Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) mantiene despliegue activo en parques y monumentos nacionales desmantelando grupos delictivos
Caracas, 17 de junio de 2024. La Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) mantiene despliegue activo en los parques y monumentos nacionales, así lo dio a conocer el Comandante Estratégico Operacional de la FANB, GJ Domingo Hernández Lárez.
De igual forma manifestó que: «así también la FANB se encuentra activa en reservas forestales, hidráulicas y de biosfera, contra grupos delincuenciales que obviando las leyes, practican la minería ilegal, traspasando las áreas de seguridad y defensa para sus fines malévolos».

En este sentido Lárez recordó a la población que:
- Son usos prohibidos dentro de los parques nacionales:
- 1. Los cultivos agrícolas en general, la cría comercial o de subsistencia de animales domésticos, la agroforestería o actividades agro-silvo-pastoriles y la acuicultura comercial.
- 2. La minería y la explotación de hidrocarburos.
- 3. La construcción de cualquier tipo de planta de generación de electricidad.
- 4. La construcción de diques marginales a cursos de agua y obras hidráulicas similares.
- 5. El aprovechamiento forestal.
- 6. Las plantaciones forestales de cualquier tipo, así como la introducción y siembra de plantas exóticas, a excepción de la siembra de arbustos y hierbas de valor ornamental en jardines de las zonas de servicios.
- 7. Las industrias no artesanales.
- 8. Cualquier tipo de establecimiento comercial, excepto ventas de “souvenirs”, artesanías locales y concesionarios de los servicios públicos que se presten dentro del parque.
- 9. La instalación de vallas y anuncios publicitarios comerciales.
- 10. Los desarrollos urbanísticos y asentamientos humanos.
- 11. Las urbanizaciones y clubes turísticos, públicos o privados.
- 12. La experimentación y manipulación de los recursos naturales renovables contenidos en el área, con fines de su aprovechamiento comercial o de subsistencia.
- 13. Cualquier otro expresamente prohibido por las características especiales del área, en su correspondiente plan de ordenación y manejo y respectivo reglamento de uso.
Es un deber ciudadano acatar nuestras leyes nacionales. Serán desmanteladas las estructuras que atenten contra la ley y la soberanía nacional.

